La canalización de la inversión a través de fondos de inversión supone en general el grueso de la inversión del cliente minorista, pero ¿conoces las ventajas fiscales de los fondos de inversión? Las particularidades en el traspaso de fondos y la tributación de los mismos son clave para el inversor-ahorrador.
Dentro de las diferentes opciones para implementar inversiones financieras, destacan principalmente las vehiculizadas a través de fondos de inversión. En primer lugar porque se puede encontrar casi cualquier tipo de activo en el mundo a través de alguno de ellos. Y en segundo lugar, y más importante, por las ventajas fiscales que ofrece su estructura y el régimen de traspaso de fondos sin peaje fiscal.
Esto último ha supuesto que la mayoría de las entidades dispongan de alguna herramienta para poder dar el servicio de crear carteras en régimen de arquitectura abierta, es decir, pudiendo comprar fondos de muchas gestoras internacionales de una manera intuitiva y fácil. Hace unos años esto era terreno exclusivo de los departamentos de Banca Privada, pero con la tecnología actual, es posible acceder a un servicio de asesoramiento o gestión discrecional de carteras de fondos, acogiéndose a las ventajas fiscales que explicaré a continuación.
Efectivamente, los fondos de inversión gozan de dos ventajas fiscales que todo ahorrador debería conocer y aprovechar. Estas ventajas tienen un impacto fundamental en la rentabilidad financiera del inversor, independiente del impacto fiscal positivo. Es decir, que gracias a las ventajas fiscales, el rendimiento financiero potencial por invertir a través de este vehículo será mayor que haciéndolo directamente. Y es por ello que es muy importante entenderlas bien.
La primera es que todas las plusvalías, dividendos y cupones dentro del fondo tributan al 1% y por lo tanto todas las reinversiones dentro del propio fondo, se hacen por mayor importe.
Vamos a suponer que se venden acciones de una empresa con una plusvalía del 30%, que además ha pagado un 5% de dividendo. La rentabilidad para el fondo de inversión con esa inversión sería básicamente del 35%. Si uno lo hace a nivel particular (y por simplificar el cálculo vamos a suponer un tipo medio del 20%), el inversor recibiría sólo un 28% neto de impuestos. Un 7% de diferencia.
Si luego se consigue invertir el resultante en otra compañía que genere la misma rentabilidad, el fondo obtendría una rentabilidad sobre el capital inicial del 82%, y el inversor individual neto de impuestos del 64%. ¡Un 18% menos! El ejemplo con números abultados muestra la importancia de la capitalización compuesta y su impacto en la rentabilidad final, sobre todo cuando se mantiene a largo plazo. Es verdad que cuando se reembolse, habrá que pagar impuestos, pero no siempre va a ser el caso. O desde luego, es una decisión que toma uno a discreción suya y no obligado como sujeto pasivo del impuesto.
Estos números no están teniendo en cuenta que en un fondo con un patrimonio más o menos elevado, los costes fijos de administración y los variables de custodia son muy inferiores a los costes que se le repercute de manera individual al inversor. Circunstancia que amplificaría los datos anteriormente calculados.
La segunda ventaja importante, y quizás mayor, porque se apalanca mucho en la primera, es que se puede cambiar de inversión mediante un traspaso entre fondos sin tributar por las plusvalías, que se van acumulando hasta el momento del rescate final.
El traspaso de fondos supone una gran ventaja fiscal, ya que uno se puede refugiar en un fondo monetario (y por tanto no tributar por la plusvalía acumulada en el fondo de inversión anterior) y esperar a que pase la posible tormenta. Y luego volver a reinvertir en el activo deseado traspasando de un fondo a otro o varios que a uno le interese de forma ilimitada sin impacto fiscal.
Esta ventaja fiscal amplifica todavía el cálculo anteriormente realizado, ya que durante toda la vida de la inversión se va a tributar al 1% hasta el momento del reembolso, que en algunos casos nunca llega si se decide que va a formar parte del patrimonio para los herederos.
Otra ventaja, a discreción del cliente, es la posibilidad según convenga, de traspasar de un fondo a otro sin impacto fiscal, o todo lo contrario. Hay veces en las que sí que quiere realizar plusvalías para compensar unas minusvalías que estén a punto de caducar, o aflorar minusvalías que se tienen en un determinado fondo para compensar otras plusvalías que se han obtenido por otro lado.
La flexibilidad en la planificación fiscal que permite el traspaso entre fondos ayuda a que este vehículo de inversión sea lo suficientemente versátil como para que merezca mucho la pena plantearse una gestión a través de este vehículo como núcleo de la inversión financiera personal o familiar diversificada. Y con el desarrollo de la inversión libre que empezamos a ver en nuestro país, se amplía sustancialmente el universo de inversión, la capacidad de diversificación con inversiones poco correlacionadas entre sí, y el acceso a un horizonte de todo tipo de riesgos.