En el esquema tradicional (diametralmente opuesto al modelo de Fondos.com) un ahorrador o inversor decide invertir en un fondo, busca un gestor profesional y paga una comisión.
Así, se retribuye más la comercialización del producto financiero en comparación con quien ha llevado a cabo la gestión personal para que ese ahorrador obtenga un buen rendimiento. Esta práctica se llama retrocesión de comisiones.
¿El fin de las retrocesiones?
La llegada del nuevo año 2018 ha coincidido con la entrada en vigor de MIFID II o, lo que es lo mismo, la directiva europea que marcará un antes y un después para los mercados financieros, tanto en su operativa como en sus modelos de negocio y su nivel de transparencia para con los particulares y los mercados.
En el caso de las gestoras de fondos, una de las grandes modificaciones es la de ofrecer a sus clientes asesorados (ya sea vía asesoramiento independiente o a través de la gestión de sus carteras) las clases de fondos limpias de retrocesiones, ya que en ambos tipos de servicio se prohíbe el cobro de estas comisiones.
Así, ahora los asesores tendrán que declararse independientes o dependientes:
- Los independientes no podrán recibir retrocesiones y, en consecuencia, tendrán que cobrar a sus clientes por el asesoramiento.
- Los dependientes tendrán que informar de esa dependencia de las retrocesiones de comisiones de una sola gestora a sus clientes.
Como mínimo, el inversor verá ahora todos los costes, inclusive aquellos hasta ahora ocultos como los retrocesos de comisiones, el del análisis o los operacionales.
Esa transparencia a la larga conllevará un aumento de la competencia de forma indirecta.
En el caso de los bancos, quedan al margen de la directiva y podrán seguir cobrando retrocesiones.
En Fondos.com ofrecemos absoluta transparencia, mucho más allá de la directiva, y nuestros clientes tienen a su alcance toda la información necesaria para tomar una decisión.